EAS, SA y SRL en Paraguay: diferencias clave entre las principales formas jurídicas para emprender
En Paraguay, las Empresas por Acciones Simplificadas (EAS), Sociedades Anónimas (SA) y Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) son las tres figuras jurídicas más utilizadas. Conozca sus diferencias, ventajas y requisitos.
Constituir una empresa en Paraguay es un paso estratégico para cualquier emprendedor o inversionista que busque operar en el mercado formal. Sin embargo, la elección de la figura jurídica puede generar dudas, ya que cada modalidad cuenta con características, requisitos y beneficios particulares.
En el país, las tres formas más utilizadas son las Empresas por Acciones Simplificadas (EAS), la Sociedad Anónima (SA) y la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL). Desde el Sistema Unificado para la Apertura y Cierre de Empresas (SUACE), dependiente del Viceministerio de Industria, se han dado a conocer las principales diferencias entre estas opciones para facilitar la decisión de quienes buscan constituir una compañía.
Modalidad de registro y tiempo de constitución
La primera diferencia importante radica en la modalidad de registro:
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Las EAS se constituyen íntegramente en línea, lo que agiliza el proceso y reduce costos.
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Las SA y las SRL deben realizarse de manera presencial, con trámites que involucran notarios y registros físicos.
El tiempo de constitución también varía significativamente:
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Una EAS puede estar lista en un plazo de 72 horas hábiles.
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Las SA y SRL requieren hasta 15 días hábiles para completar el proceso legal.
Acto constitutivo
En lo relativo al acto constitutivo, las diferencias son notorias:
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Las EAS permiten elegir entre estatuto proforma (generado automáticamente por la plataforma), documento privado con certificación de firmas o escritura pública.
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Tanto las SA como las SRL requieren obligatoriamente de una escritura pública para formalizar su constitución.
Capital y aportes
En cuanto al capital social, las tres figuras coinciden en que no existe un mínimo obligatorio, pero el monto debe ser suficiente para cubrir los objetivos de la empresa. Los aportes pueden realizarse tanto en dinero como en bienes, siempre que estos sean útiles para cumplir con la actividad de la compañía.
Objeto social
El objeto social define las actividades permitidas:
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Las EAS y SRL pueden constituirse para desarrollar cualquier actividad comercial lícita, salvo aquellas que requieran autorización del Banco Central del Paraguay (BCP), como las financieras o aseguradoras.
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Las SA, por su parte, gozan de mayor flexibilidad y pueden dedicarse a cualquier actividad comercial lícita sin restricciones adicionales, salvo las reguladas.
Acciones y cuotas
Otro punto diferenciador está en la naturaleza del capital social:
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En las SA, el capital se divide en acciones nominativas endosables.
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En las EAS, también se manejan acciones nominativas endosables, lo que facilita la transferencia.
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En las SRL, el capital se divide en cuotas nominativas, cuyo valor mínimo es de Gs. 1.000 o múltiplos, especificados en el contrato social.
Número de socios
La conformación societaria es otro aspecto clave:
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Una EAS puede constituirse con un solo socio, ya sea persona física o jurídica, y no tiene límite máximo de accionistas.
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Una SA requiere al menos dos socios (personas físicas o jurídicas) y no establece límite máximo.
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Una SRL debe contar con un mínimo de dos socios y un máximo de 25, lo que la convierte en una opción más restringida en cuanto a la participación societaria.
Ventajas comparativas
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EAS: rapidez, flexibilidad y accesibilidad para emprendedores individuales o pequeños grupos. Ideal para startups y nuevos negocios.
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SA: mayor credibilidad, adecuada para grandes empresas, inversionistas y compañías con planes de expansión.
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SRL: balance intermedio, con formalidad y control de socios, ideal para negocios familiares o pequeños grupos profesionales.
Una herramienta de formalización empresarial
La existencia de estas figuras jurídicas permite al emprendedor paraguayo elegir la opción que mejor se adapte a su proyecto. Desde SUACE, remarcan que la formalización empresarial no solo otorga seguridad jurídica, sino que también abre la puerta a financiamiento, acceso a licitaciones públicas y expansión en el mercado.
En definitiva, la elección entre EAS, SA o SRL dependerá del tamaño del proyecto, la cantidad de socios, la naturaleza del negocio y la estrategia de crecimiento que se desee implementar.
Agradecimiento final:
Agradecemos a SUACE por la idea inicial que inspiró el desarrollo de este material.
